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miércoles, 3 de septiembre de 2014

Buen día, se les informa que el día 12 de septiembre de 2014 se tendrá la primera reunión presencial, en la cual se desarrollará el módulo I y II del Diplomado Prevenir con Educación, a desarrollarse en la Escuela Tipo Federación zona 12 en horario de jornadas (8:00 a 12:30 jornada matutina y 13:30 a 17:30 jornada vespertina).


Favor de entregar ese día, fotocopia de DPI y si ya trabajaron los textos paralelos de igual forma entregarlos, NO TENGAN PENA SI NO LOS HAN REALIZADO, ese día estaremos entregando material didáctico para que los trabajen.


Esperamos su participación.




Atentamente,




Equipo Técnico.

martes, 2 de septiembre de 2014


DERECHOS DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA


 

DEFINICION DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA


Se considera niño o niña a toda persona desde su concepción hasta que cumple los trece años de edad.

Se considera adolescente a toda persona desde los trece años de edad hasta que cumple dieciocho años de edad.


SITUACION DE LA NIÑEZ EN GUATEMALA


De los 15.4 millones de habitantes, casi la mitad son niños, niñas y adolescentes, de los cuales más del 17% son menores de 5 años.

Se prevé que en el 2014, habrán 1.3 millones de niños y niñas, menores de cinco años padeciendo desnutrición crónica.  (UNICEF: Boletín No.12 Análisis presupuesto destinado a la niñez en Guatemala)

La Encuesta Nacional de Empleo e Ingresos (ENEI-2012), revela que el 19% del total de niños y niñas comprendidos entre 7 y 14 años son trabajadores infantiles, es decir aproximadamente 588 mil niños.

El 53.7% de la población vive en condiciones de pobreza, mientras que un 13.3% vive en condiciones de pobreza extrema. (Según la Encovi 2011).

En la esfera de salud, cada día nacen en Guatemala alrededor de 1,200 niños y niñas; de los cuales muere uno cada 30 minutos por causas en su mayoría prevenibles y relacionadas con el hambre. (Ensmi 2008/2009)



TAREA 1


Investigue en el informe de PNUD Investigue en el Informe Anual Circunstanciado del Procurador de los Derechos Humanos del 2013, la situación de Derechos Humanos de la Niñez. Encuentre el informe aquí.  Envie un correo a su tutor con sus comentarios contextualizados a su ámbito laboral.



Compare la niñez de  situación de Guatemala con las expectativas de los Objetivos del Milenio.




  MARCO DE PROTECCIÓN ESPECÍFICO. 

-       Constitución Política de la República de Guatemala
-       Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia
-       Declaración Universal de los Derechos de la niñez  y adolescencia
-       Convención Internacional de  Derechos del Niño y sus protocolos
-       Otros Instrumentos Internacionales

                Descargue las leyes aquí





¿PARA QUE SIRVE ESTE MARCO LEGAL? 


Para conocer y  reconocer los derechos individuales, sociales y culturales de los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos.
-   Para brindar protección especial a la niñez y adolescencia particularmente la  vulneravilizada.
-   Establece la responsabilidad del Estado como garante de esos derechos y también los deberes de las padres, la familia y de la sociedad en general.








INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ

-       Es una garantía que debe ser aplicada en toda decisión que se adopte con relación a la niñez y la adolescencia, con el fin de asegurar el ejercicio y disfrute pleno de sus derechos.
-       Para ello deben respetando sus vínculos familiares, origen étnico, religioso, cultural y lingüístico.
-       En la aplicación del interés superior, debe tomarse en cuenta la OPINIÓN del niño, niña o adolescente en función de su edad y madurez.



INTERÉS SUPERIOR DE LA FAMILIA

-       Se entiende por interés de la familia, a todas aquellas acciones encaminadas a favorecer la unidad e integridad de la misma y el respeto de las relaciones entre padres e hijos, cumplidos dentro del ordenamiento legal.




¿QUÉ SIGNIFICA SER SUJETO DE DERECHOS?

Esto significa que les corresponden los mismos derechos, deberes y garantías que a los adultos, además de otros derechos especiales por su condición.

Dignidad Humana es:

-      Vivir como se quiere: Autonomía o posibilidad de diseñar su propio plan de vital.
-      Vivir bien: Contar con las condiciones materiales concre4tas que permitan vivir dignamente (vivienda, ropa, trabajo, educación, salud, etc.)
-       Vivir libre de humillaciones: Librete de cualquier maltrato físico o psicológico que atente contra la vida e integridad personal. 




Es obligación del Estado y de la sociedad velar por la  dignidad de los niños, niñas y adolescentes, poniéndolos a salvo de cualquier tratamiento inhumano, violento, aterrorizador, humillante o constrictivo.      

 Art.  16 Ley Pina.



DERECHOS Y LIBERTADES FUNDAMENTALES PROTEGIDAS (LEY PINA-CDN)


-       Derecho a la vida, a la calidad de vida y a un ambiente  sano
-       Derecho a la integridad personal
-       Derecho a la rehabilitación y a la resocialización
-       Derecho a la libertad y a la seguridad personal
-       Derecho a tener una familia y a no ser separado de ella
-       Derecho a la custodia y al cuidado personal
-       Derecho  a los alimentos
-       Derecho a la identidad
-       Derecho al debido proceso
-       Derecho a la salud
-       Derecho a la educación
-       Derecho al desarrollo integral en la primera infancia
-       Derecho a la recreación, participación en la vida cultural y las artes
-       Derecho a la participación
-       Derecho a la asociación y reunión
-       Derecho a la intimidad
-       Derecho a la información
-    Edad mínima de admisión al trabajo y derecho a la protección laboral de los adolescentes autorizados para trabajar
-       Derechos de los niños, las niñas y los adolescentes con discapacidad


¿CONTRA QUÉ DEBE PROTEGERSE A LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA?

-       De cualquier manifestación o amenaza de violencia o maltrato físico o psicológico.
-       De situaciones, entorno, o personas que impidan, o constituyan amenaza a su desarrollo integral.
-       Cualquier tipo de explotación por parte de personas particulares, e incluso de su propia familia.
-       Del consumo de alcohol, drogas o cualquier estupefaciente que dañen su integridad física, moral o psicológica.
-       De cualquier riesgo en situación de conflicto armado, desastres naturales o violencia generalizada.
-       De la callejización o del abandono.
-       El contagio de enfermedades infecciosas prevenibles y también de enfermedades de transmisión sexual.
-       Cuando su patrimonio se encuentre amenazado por quienes lo administren.
-       Cualquier otro acto que amenace o vulnere sus derechos.




AGRUPADOS EN CUATRO GRANDES LINEAS:


-       DERECHO A LA SUPERVIVENCIA

-       DERECHO AL DESARROLLO
-       DERECHO A LA PROTECCIÓN
-       DERECHO A LA PARTICIPACIÓN

DERECHO A LA SUPERVIVENCIA:

Abarcan los derechos de los niños a la vida y a tener cubiertas las necesidades más importantes para su existencia, por ejemplo: Un nivel de vida adecuado que comprende casa, nutrición y acceso a los servicios médicos.
 (Artículos: 6-10,18, 24 y 26 CDN)

DERECHO AL DESARROLLO:
Comprende las condiciones requeridas por el niño a fin de alcanzar su mayor potencial.
Entre ellas: El derecho a la educación, al juego, al esparcimiento y a las actividades culturales, así como el acceso a la información.
 Artículos 27-29; y 3 de la CDN.
                 
DERECHO A LA PROTECCIÓN:
Este derecho exige que los niños sean salvaguardados de todas las formas de abuso, abandono y explotación; abarcan aspectos como:
o   La atención especial a los niños refugiados o desplazados,
o   Tortura, o tratos crueles, inhumanos o degradantes
o   Abuso del sistema de justicia criminal
o   Participación en los conflictos armados
o   Cualquier forma de explotación: Laboral, sexual, comercial etc.
Artículos: 2-5; 11; 16; 19; 20-23; 25; 32-42 de la CDN.

DERECHO A LA PARTICIPACIÓN:
o   Son los derechos que permiten a los niños desarrollar un papel activo en su casa, en la escuela en la comunidad.
o   Incluyen la libertad de expresión o de pensamiento sobre aquellos asuntos que afectan su propia vida. (Ser escuchado y respetar sus decisiones)
o   Derecho de asociación y reunión con fines pacíficos, además de promover en la medida de su nivel de desarrollo y capacidades su participación en actividades de la sociedad como preparación para una edad adulta responsable.
Artículos 12-15; 17 y 30 de la CDN.


 ¿QUIÉNES DEBEN GARANTIZAR LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA?

-       El estado
-       La familia
-       La sociedad.

El Estado debe garantizar la protección Jurídica de la familia, en función de asegurar el pleno goce de los derechos de la niñez y adolescencia.
El desarrollo integral del niño debe ser un principio rector de todas las instituciones públicas y privadas.

La Familia – Los padres
-       Brindarles afecto y dedicación.
-       Proveerles recursos materiales necesarios para su desarrollo.
-       Orientarlos previamente.
-       Orientar en forma justa la conducta de sus hijos empleando medios prudentes de disciplina que no atenten contra la dignidad e integridad personal.
-       Estimular el talento de sus hijos.
La familia debe recibir tratamiento especializado para superar adicciones o conductas agresivas que presenten.

La sociedad:
-       Es deber de todas las personas participar en programas gubernamentales y no gubernamentales ejecutados a favor de la niñez y la adolescencia que se encuentra amenazada en sus derechos.-       La sociedad en general, debe respetar a la niñez y adolescencia como sujetos titulares de derechos.



¿PARA QUÉ ME SIRVE SABER MIS DERECHOS?




-       Para reconocerme como “titular de derechos” y ejercerlos

-       Ejercer mi Libertad de Expresión
-       Participación activamente en todos los ámbitos sociales.
-       Para no ser víctima de abusos



IMPORTANCIA DE LA PROTECCION DURANTE LA INFANCIA 


-       Es importante reconocer a los niños y niñas  como agentes sociales desde el inicio de su existencia, dotados de intereses, capacidades y vulnerabilidades particulares, así como de sus necesidades de protección, orientación y apoyo en el ejercicio de sus derechos.

-       Las características específicas de la primera infancia repercuten en la realización de los derechos en su vida futura.

EL COMITÉ DEL NIÑO 


ha dicho  que deben abandonarse creencias tradicionales que consideran la primera infancia principalmente un período de socialización de un ser humano inmaduro, en el que se le encamina hacia la condición de adulto maduro.

La Convención exige que los niños, en particular los niños muy pequeños, sean respetados como personas por derecho propio. Los niños pequeños deben considerarse miembros activos de las familias, comunidades y sociedades, con sus propias inquietudes, intereses y puntos de vista.


CARACTERÍSTICAS DE LA PRIMERA INFANCIA

-       Los niños pequeños atraviesan el período de más rápido crecimiento y cambio de todo su ciclo vital, en términos de maduración del cuerpo y sistema nervioso, de movilidad creciente, de capacidad de comunicación y aptitudes intelectuales, y de rápidos cambios de intereses y aptitudes.

-       Los niños pequeños crean vínculos emocionales fuertes con sus padres u otros cuidadores, de los que necesitan recibir cuidado, atención, orientación y protección, que se ofrezcan de maneras que sean respetuosas con su individualidad y con sus capacidades cada vez mayores.

-       Los niños pequeños establecen importantes relaciones con niños de su misma edad, así como con niños más jóvenes y mayores. Mediante estas relaciones aprenden a negociar y coordinar actividades comunes, a resolver conflictos, a respetar acuerdos y a responsabilizarse de otros niños.
-       Los niños pequeños captan activamente las dimensiones físicas, sociales y culturales del mundo en que viven, aprendiendo progresivamente de sus actividades y de sus interacciones con otras personas, ya sean niños o adultos.
-       Los primeros años de los niños pequeños son la base de su salud física y mental, de su seguridad emocional, de su identidad cultural y personal y del desarrollo de sus aptitudes

 RESPONSABILIDAD DE LOS PADRES


-       Ofrecer dirección y orientación apropiadas para que el "niño ejerza los derechos que le son reconocidos.


-       Los lactantes dependen totalmente de otros, pero no son receptores pasivos de atención, dirección y orientación. Son agentes sociales activos, que buscan protección, cuidado y comprensión de los padres u otros cuidadores, a los que necesitan para su supervivencia, crecimiento y bienestar.


-       Los recién nacidos pueden reconocer a sus padres (u otros cuidadores) muy poco después del nacimiento, y participan activamente en una comunicación no verbal.

 QUE PASA CON UN NIÑO QUE TIENE ATENCIóN Y RESPETO

-       Estas relaciones ofrecen al niño seguridad física y emocional, así como cuidado y atención constantes.
-       Es mediante estas relaciones que los niños construyen una identidad personal, y adquieren aptitudes, conocimientos y conductas valoradas culturalmente.


-       De esta forma, los padres (y otros cuidadores) son normalmente el conducto principal a través del cual los niños pequeños pueden realizar sus derechos.

IMPACTO EN SUS VIDAS

-       Respetar las facultades en desarrollo de los niños pequeños es esencial para la realización de sus derechos, y especialmente importantes durante la primera infancia, debido a las rápidas transformaciones que se dan en el funcionamiento físico, cognitivo, social y emocional del niño, desde la más tierna infancia hasta los inicios de la escolarización.
-       Ambos padres tienen obligaciones comunes en lo que respecta a la crianza y el desarrollo del niño.

“Ser niño no es ser ‘menos adulto’, la niñez no es una etapa de preparación para la vida adulta. La infancia y la adolescencia son formas de ser persona y que tienen igual valor que cualquier otra etapa de la vida” (Cillero Bruñol, 1999).


TAREA 2


Si llegará a su aula un periodista a preguntarle su opinión sobre los siguiente 5 puntos,  los Riesgos que enfrenta la niñez para el ejercicio de sus derechos, que le respondería y como lo sustentaría. Escriba su respuesta y envíela a su tutora joya@pdh.org.gt Incluya en su respuesta que derechos se violan, las medidas de protección.
1.   Niñez trabajadora (ver legislación nacional  Ley PINA)
2.   Explotación sexual, Comercial de la Niñez y adolescencia: (Ley contra la violencia sexual,explotación y trata de personas)
3.   Niñez en situación de calle o en riesgo social.  (Ley PINA, CDN)
4.   Adolescente  en conflicto con la Ley Penal  (Ley PINA). Quienes son los jóvenes en conflicto con la ley penal según la Ley PINA
Se solicita lo siguiente:
ü  ¿Cómo podemos apoyar desde nuestro espacio de trabajo?
ü  ¿Cuál es su compromiso como docente?
ü  ¿Comparta  un  caso?